Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, y establece que un RPA es, en efecto, una aeronave y su operación civil debe ser regulada por la legislación aeronáutica civil. Este documento ofrece una importante visión sobre los requisitos necesarios para realizar una operación o actividad segura.
El punto 2 proporciona los requisitos operacionales para los RPA como: Registro RPAS, Certificación de Aeronavegabilidad, y la inclusión de una placa de identificación con la información relevante fijada en el vehículo.
El ítem 3.d.4 identifica dos posibles escenarios operacionales:
- Operaciones para labores técnicas y científicas: en carreteras fuera de las zonas urbanizadas y en el espacio aéreo no segregado con 120m de techo operativo. Se requiere VLOS si la operación se realiza con una aeronave con una MTOM entre 2 y 25 Kg.
- Operaciones para trabajos especiales: los requisitos son similares a los anteriores, excepto el manual de operaciones y el programa de mantenimiento.
Los requisitos operativos relacionados con los pilotos también se dan dentro de este documento normativo.
Consulte la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y eficiencia.
Lo último en Normativas
Características de la norma UNE EN 50518:2019
El estándar UNE EN 50518:2019, desarrollado por CENELEC, está dirigido a todos los Centros de Monitorización y Recepción de Alarmas (CRAs).
Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión Europea
Establecimiento de disposiciones detalladas para la utilización de sistemas de aeronaves no tripuladas, pilotos a distancia, y organizaciones que participen en dichas operaciones.
Aviso de la Agencia Europea de Seguridad Aérea sobre la Enmienda Propuesta (B)
Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA, en inglés) introduce el Aviso de Enmienda Propuesta (NPA) 2017-05, un marco regulatorio para el funcionamiento y operación de drones en la categoría abierta y específica.